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Funciones

 
  1. Aportar un diagnóstico periódico de la situación del racismo y la xenofobia en España.

    Para elaborar el diagnóstico sobre la situación, en el Observatorio:

    • Se identifican estudios de opinión o sociodemográficos de carácter general ya elaborados, que recogen algún elemento de interés en esta materia.
    • Se identifican fuentes de carácter general que recogen algún elemento de interés en esta materia.
    • Se identifican qué datos pueden ser útiles para elaborar el diagnóstico: número de quejas presentadas, resultados de dichas quejas, incidentes, delitos, datos sobre tratamiento en los medios de comunicación, datos sobre organizaciones y grupos con motivaciones racistas, datos sobre divulgación de ideas racistas o xenófobas, etc.
    • Se identifican los actores fundamentales que pueden aportar dichos datos: (CCAA, Entidades Locales, ONG’s,  CIS, INE, CSIC, Universidades, Institutos, etc.)
    • Los diagnósticos elaborados por el Observatorio se facilitan a través de la publicación de estudios, informes e investigaciones.
    • Se abre un proceso de consulta con los actores identificados

      Los diagnósticos elaborados por el Observatorio se facilitan a través de la publicación de estudios, informes e investigaciones.

      Ver diagnósticos elaborados
  2. Establecer  redes de comunicación formal e informal con los órganos y organizaciones nacionales e internacionales que trabajan en la lucha contra el racismo y la xenofobia.

    El Observatorio Español del Racismo y la Xenofobia es el organismo interlocutor de:

    • El Observatorio Europeo del Racismo y la Xenofobia.
    • La Comisión Europea contra el Racismo y la Intolerancia.
    • La Comisión Europea en materia de lucha contra el Racismo y la Xenofobia – Apoyo al Programa Europeo de Lucha contra la Discriminación.
    • La ONU, la OSCE y otros organismos internacionales en materia de lucha contra el Racismo y la Xenofobia.

    Por otro lado, a nivel nacional, el Observatorio promueve foros de intercambio de estrategias y buenas prácticas entre las Administraciones de las Comunidades Autónomas y la Administración Local y entre éstas y las Organizaciones relacionadas con la lucha contra la discriminación por razón del origen racial o étnico de las personas.

  3. Promoción del principio de igualdad de trato.
    • Mediante el fomento de buenas prácticas contrastadas. Para ello, propone criterios de valoración de buenas prácticas en materia de igualdad de trato y no discriminación, que son recogidos en las Ordenes de Convocatorias de Subvenciones realizadas por la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración.
    • Mediante la formación en materia de igualdad de trato y no discriminación por el origen racial o étnico a los empleados públicos.
    • Mediante el fomento del tratamiento adecuado del racismo y la xenofobia en los medios de comunicación.
    • Mediante la difusión de la información obtenida y elaborada desde el Observatorio.